Los representantes de las distintas familias de menores de Melilla que, por su especial situación administrativa han visto impedido su empadronamiento en condiciones ordinarias, y con ello la acreditación de su residencia en la ciudad a efectos de obtener el reconocimiento efectivo de su derecho a la educación hemos leído con satisfacción la redacción dada a la nueva Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se regula el proceso de admisión de alumnos y alumnas en centros docentes públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato, en las Ciudades de Ceuta y Melilla para el curso 2022/2023.
En la Disposicion Decimonovena se puede leer:
La residencia efectiva en las ciudades de Ceuta y Melilla es condición para obtener y mantener una plaza escolar en los centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades.
Dada la condición de ciudades fronterizas y a los efectos de asegurar el carácter prestacional del derecho fundamental a la educación, la residencia efectiva en la ciudad será acreditada de modo general a través del empadronamiento en el que figure el menor y cualquiera de los padres, madres o representantes legales del alumno. En caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial, se considerará al progenitor o progenitores que tengan atribuida la custodia.
Cuando no se haya podido presentar el certificado de empadronamiento según lo indicado anteriormente, la residencia efectiva se podrá acreditar a través de certificado emitido por los servicios sociales o por funcionario con la condición de autoridad pública, previa comprobación de la efectividad de la residencia.
En el caso de que no se hayan podido presentar los certificados anteriores, se podrá entender acreditada la residencia efectiva por otros medios de prueba admitidos en Derecho.
Entendemos que el nuevo texto regulador es lo suficientemente claro como para que en el futuro no puedan reproducirse los lamentables precedentes de niños que, por no poder demostrar su residencia efectiva en Melilla por falta de un determinado documento concreto – que de forma arbitraria se establecía como único medio de prueba -, se veían excluidos de su derecho fundamental.
Nos felicitamos de esta nueva redacción, y de cómo nuestros esfuerzos de dos años de reivindicación, recursos, manifestaciones, reuniones, recomendaciones del Defensor del Pueblo, hayan terminado dando el fruto esperado.
Queda la triste sensación de que lo que pedíamos no era tanto, sino en realidad algo elemental, pero la resistencia de la Dirección Provincial de Educación, con lamentables argumentos de leguleyo que sólo buscaban sostener una evidente vulneración de derechos a un grupo de niños, han obligado, una vez más, a la movilización para conseguir lo evidente.